martes, 16 de junio de 2009

SAEMB EN MENDOZA

La enseñanza de la Santa Iglesia Católica sobre anticoncepción, control de la natalidad y aborto
Por José Albino Murri . Presidente de la Unión de Entidades por una Vida más Humana - Mendoza, Argentina. . Miembro de la Sociedad Argentina de Ética Médica y Biológica (SAEMB).
Mendoza, 27 de abril del Año Jubilar 2000. - Ante los numerosos interrogantes formulados por amigos lectores referentes a las confusiones y errores doctrinarios a que induce la prédica del movimiento "Católicas por el Derecho a Decidir", y en todo sujetos al Magisterio de la Santa Iglesia Católica, hemos elaborado el siguiente resumen. El mismo se refiere a la moralidad de los métodos anticonceptivos y de control de la natalidad y el aborto. Con ello no pretendemos convalidar la prédica de este movimiento en otros temas, tarea por demás imposible, ni justificar su apelativo de "católicas", porque, simplemente, no lo son. Tampoco pretendemos agotar el tema. Ante cualquier duda, recomendamos recurrir directamente a las fuentes.
Respecto a la licitud o ilicitud moral del uso de contraceptivos, y si existen o no excepciones al respecto, recordemos la voz autorizada del Magisterio de la Iglesia, que maternalmente pero con firmeza nos enseña:
EN MORAL CONYUGAL, LA MALICIA INTRÍNSECA DE LA ANTICONCEPCIÓN:
S.S. Pablo VI, y luego el Catecismo de la Iglesia Católica, denuncian que es intrínsecamente mala "toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga como fin o como medio, hacer imposible la procreación" (Pablo VI, Enc. Humanae Vitae -25-7-68, Nº. 12; ver tb. Catecismo... Nº. 2370). "La Iglesia siempre ha enseñado la intrínseca malicia de la contracepción, es decir de todo acto conyugal hecho intencionalmente infecundo. Esta enseñanza debe considerarse como doctrina definitiva e irreformable..." (Vademecum para los confesores... -12-2-97-;2,3).
EFECTO ABORTIVO DE LOS "ANTICONCEPTIVOS":
"Lamentablemente, la estrecha conexión que, como mentalidad, existe entre la práctica de la anticoncepción y la del aborto se manifiesta cada vez más y lo demuestra de modo alarmante también la preparación de productos químicos, dispositivos intrauterinos y "vacunas" que, distribuidos con la misma facilidad que los anticonceptivos, actúan en realidad como abortivos en las primerísimas fases de desarrollo de la vida del nuevo ser humano" (Juan Pablo II, Enc. Evangelium Vitae -25-3-95-, Nº. 13). Tal es el caso del DIU y de las píldoras post coitales, propuestos como de uso corriente en los diversos "Programas de Salud Reproductiva" y cuyos efectos abortivos son soslayados con explicaciones y argumentos engañosos para la gente, que se ve sorprendida en su buena fe.
SENTENCIA SOBRE EL ABORTO:
Bien nos recuerda la Santa Madre Iglesia que, "Quién procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae" (Código de Derecho Canónico, Nº. 1398). Es decir, "de modo que incurre ipso facto en ella quién comete el delito" (C.D.C. Nº. 1314; ver tb. Catecismo de la Iglesia Católica, Nº. 2270 y ss.). No importa, aquí, el método empleado para ello, ni el tiempo de gestación transcurrido.
INMUTABILIDAD DE LA MORAL OBJETIVA:
"El carácter moral de la conducta , cuando se trata de conciliar el amor conyugal con la transmisión responsable de la vida, no depende sólo de la sincera intención y la apreciación de los motivos, sino que debe determinarse a partir de criterios objetivos, tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos;..." (Catecismo de la Iglesia Católica Nº 2368; v.tb. C.V. II, Gaudium et spes 51,3). "Por ello la llamada o camino gradual no puede identificarse con la , como si hubiera varios grados o formas de precepto en la ley divina para diversos hombres y situaciones" (nota marginal Nº 43; tomado de J.P. II, Exhort. Apost. Familiaris Consortio, Nº 34; v tb. Vademecum...; Nº 3,9). "Tampoco se pueden invocar como razones válidas para justificar los actos conyugales intencionalmente infecundos, el mal menor o el hecho de que tales actos constituirían un todo con los actos fecundos anteriores o que seguirán después, y que por tanto compartirían la única e idéntica bondad moral. En verdad, si es lícito alguna vez tolerar un mal menor a fin de evitar un mal mayor o de promover un bien más grande, no es lícito ni aun por razones gravísimas hacer el mal para conseguir el bien,.." (Pablo VI; Humanae Vitae 14; Vademecum..; nota marginal Nº 33).
Aún el caso de violación, presentado muchas veces, en forma insidiosa como excepción para la licitud moral del uso de anticonceptivos, es igualmente inaceptable, y ello por múltiples motivos, como se desprende de las palabras del Magisterio: En primer lugar, porque un acto aberrante (la violación) nunca puede justificar el cometer otro acto aberrante (el uso de anticonceptivos); en segundo lugar, porque el hecho punible es la violación, no el embarazo. Permitiendo el uso de anticonceptivos estamos apañando la conducta del violador; en tercer lugar, tal como se esclareció al principio, porque los anticonceptivos, en realidad actúan también y principalmente como abortivos (caso del DIU, hormonales como la píldora, etc.). Es decir, para combatir la violación se permitiría la muerte de un inocente indefenso. Ante la posibilidad de enfrentarse al crimen de un aborto, sin dudas Dios lo que le exigirá a la mujer, víctima de tremendo ultraje, es enfrentar con heroísmo la maternidad. La integridad espiritual no se pierde con la violación, pero sí con el infanticidio.
RADICAL DIFERENCIA ENTRE PLANIFICACIÓN NATURAL Y ANTICONCEPCIÓN:
"En cambio es profundamente diferente de toda práctica contraceptiva, tanto desde el punto de vista antropológico como moral, porque ahonda sus raíces en una concepción distinta de la persona y de la sexualidad, el comportamiento de los cónyuges que, siempre fundamentalmente abiertos al don de la vida, viven su intimidad sólo en los períodos infecundos, debido a serios motivos de paternidad y maternidad responsables" (Vademecum... 2,6). De donde se advierte claramente que, en caso que se pretendiera utilizar la técnica de un método natural con fines meramente anticonceptivos, esta práctica sería igualmente ilícita en el orden moral.
ORIENTACIONES PASTORALES DE LOS CONFESORES (del Vademecum..., cap. 3):
"Cuando es el penitente quién formula preguntas o solicita -también en modo implícito- aclaraciones sobre puntos concretos, el confesor deberá responder adecuadamente, pero siempre con prudencia y discreción, sin aprobar opiniones erróneas" (3,4 cfr. tb. Código de Derecho Canónico; Canon 979). "Resulta por tanto inaceptable el intento -que en realidad es un pretexto- de hacer de la propia debilidad el criterio de la verdad moral..." (3,10).
EL CÓDIGO DE DERECHO CANÓNICO:
El código de Derecho Canónico, recientemente modificado por Juan Pablo II en su motu proprio "Ad tuendam Fidem" (18-5-98), sentencia:
"Asimismo se han de aceptar y retener firmemente todas y cada una de las cosas sobre la doctrina de la fe y las costumbres propuestas de modo definitivo por el magisterio de la Iglesia, a saber, aquellas que son necesarias para custodiar santamente y exponer fielmente el mismo depósito de la fe; se opone por tanto a la doctrina de la Iglesia Católica quien rechaza dichas proposiciones que deben retenerse en modo definitivo (canon 750,2)".
Y agrega: "Debe ser castigado con una pena justa: quien, de otro modo, desobedece a la Sede Apostólica, al Ordinario o al Superior cuando mandan o prohíben algo legítimamente, y persiste en su desobediencia después de haber sido amonestado (canon 1371,2)".
ACLARACIONES NECESARIAS:
. PRIMERO. PILDORAS ANTICONCEPTIVAS: Al hablar de las píldoras anticonceptivas, no puede ignorarse que las mayorías de los así llamados anticonceptivos hormonales, en realidad provocan un triple efecto: A- Abortivo: porque su carga hormonal altera las paredes del endometrio, imposibilitando así la implantación del óvulo fecundado; B- Anticonceptivo: porque torna la mucosidad vaginal densa e impenetrable para el espermatozoide (efecto espermicida); C- Anovulatorio: porque inhibe la normal maduración del óvulo, con lo cual impide la ovulación.
John Wyeth Laboratorios SA, en su trabajo "Minulet: Gestodeno y Etinilestradiol" (sin fecha de impresión), promocionando este anticonceptivo monofásico, en la pág. 15, hablando de las propiedades del Gestodeno, dice: "Produce el efecto antigonadotrófico deseado por medio de su acción sobre el eje hipotálamo-hipófiso-ovárico".
La filial argentina del Laboratorio Alemán Schering, así explica la acción del Gynovin (grageas de Gestodeno-Etinilestradiol): "Siguiendo instrucciones se impide en general que un óvulo fecundable llegue a madurar (efecto anovulatorio). Además la viscosidad del moco cervical se mantiene elevada (efecto anticonceptivo). Adicionalmente se evita que en el útero tengan lugar las modificaciones necesarias para la anidación del huevo (efecto abortivo). Ofrece así, de manera múltiple, protección contra el embarazo" (Guía de Especialidades Médicas, de J.J. Vallori. Vademecum de Bolsillo editado por V.D.R. SRL; 24º edición, 1.993; pág. 451.; entre paréntesis nuestro para mejor aclaración de conceptos).
En la misma obra encontramos una amplia gama de Laboratorios que ofrecen productos con efectos similares al Gynovin y al Minulet.
Tampoco son inestimables los efectos colaterales y trastornos que causan a las usuarias.
Los mismos son de tal magnitud que, provocaron la quiebra de muchos laboratorios de los E.U.A. merced a las demandas en su contra, a fines de la década del 60 y comienzos de los 70. Fue así que los mismos que 10 años antes veían llenar sus arcas haciendo la apología de la píldora, se volcaron a la propaganda del preservativo, verdadera "Ruleta rusa" como lo titula la revista especializada "Protección Mundial", Año VIII, Nº. 36, de enero de 1.995.
El mismo "Documento Normativo" de la Ley mendocina de "Salud Reproductiva", desarrolla una extensa lista de "Signos de alarma", "contraindicaciones" y "precauciones" a tener en cuenta para las usuarias de los anticonceptivos hormonales, que se extiende desde la foja 57 hasta la 60.
Así, por ejemplo, entre otros se mencionan: tromboflebitis, embolia pulmonar, hipertensión arterial, obesidad, depresión, pérdidas intermenstruales, várices, insuficiencia hepática, diabetes, epilepsia, migrañas, la necesidad, en caso de intervención quirúrgica, de suspender su ingesta con 3 meses de antelación; explícitamente contraindicado para fumadoras, etc.
Más aún, la O.M.S., ha publicado en la revista The Lancet (16/12/95) los resultados de un estudio epidemiológico que relaciona el uso de anticonceptivos orales de tercera generación (la minipíldora) y el riesgo de trombosis venosa. El estudio indica, a los efectos comparativos, que en Gran Bretaña se ha calculado que entre mujeres en edad de procrear que no toman anticonceptivos puede haber de tres a cuatro casos de trombosis venosa por cada 100.000 mujeres en un año. Entre las mujeres que utilizan píldoras clásicas o de segunda generación, el riesgo es de unos 10 casos. Mientras que podrían producirse 20 casos entre las usuarias de píldoras a base de desogestrel y gestodeno (de tercera generación). Es decir, 7 veces más que las que no utilizan píldoras.
Los artículos ahora publicados dan cuenta de un vasto estudio encargado por la O.M.S. y coordinado por el Departamento de Epidemiología y de Salud Pública de la London Medical School. El estudio se realizó en 21 centros hospitalarios de 17 países de África, Asia, Europa y Latinoamérica. Los resultados son apoyados por otros estudios independientes que publica el mismo número de The Lancet. "Es, pues, poco verosímil que se deban al azar o a un error sistemático", dice el Dr. Olav Meirik, del programa de Investigación en Reproducción Humana de la O.M.S..
A tanto ha llegado la preocupación, que Gran Bretaña y Alemania en su momento prohibieron de modo preventivo la venta de varias marcas (Semanario ASD Prensa, año XII, edición 445; marzo 1.996).
Asimismo, está en estudio la hipótesis de que el consumo prolongado por varios años de anticonceptivos orales, provoquen un daño irreparable en la fertilidad de la mujer. Este daño, podría incluso alterar el patrimonio genético por lo cual nacerían mujeres estériles.
Esta parece ser la explicación en torno a la bajísima natalidad que tienen los países europeos y que ha llevado a montar una vasta y macabra red de tráfico de bebés, provenientes, sobre todo, de Latinoamérica.
. SEGUNDO. EL PRESERVATIVO: El artículo citado en la revista "Protección Mundial", Año VIII, Nro. 36, de enero de 1.995, menciona los resultados extraídos de numerosas investigaciones y estadísticas que demuestran que al menos en el 30 % de las relaciones sexuales se presentan intercambios de flujo a través del preservativo que pueden trasmitir el SIDA. Este porcentaje de fracasos se obtiene tomando como muestras los preservativos de mejor calidad, aprobados por el organismo de salubridad de E.U.A. y de reciente fabricación. Si consideramos que a los países periféricos llegan aquellos que no pasaron dicho control de calidad, que el látex se altera fácilmente con el paso del tiempo (unos meses es el período máximo estimado de almacenamiento antes de sufrir alteraciones), el cambio de temperatura (debe conservarse en ambiente fresco y seco, cosa que no sucede dentro de un transporte de esta mercadería ni en su almacenamiento, por ejemplo); vemos como ese 30 % aumenta considerablemente.
. TERCERO. ABORTO: Tampoco podemos callar la forma tendenciosa conque se aborda una problemática tan desgraciada como trágica, cuál es la del aborto, dando a conocer estadísticas de dudoso origen (ya el Dr. Nathanson, artífice de la legalización del aborto en EEUU, advertía sobre cómo manipularon las mismas para conseguir sus rastreros objetivos) y enfocando la casuística desde el lado de la madre abortiva. En cambio, se silencian los derechos del niño asesinado en el seno materno. Háblenle a los inocentes muertos sobre "salud reproductiva" y "procreación responsable"!
. CUARTO. EL DIU: Es inadmisible la afirmación de que el DIU no es abortivo, cuando las mismas revistas especializadas y hasta la Organización Mundial de la Salud en sus informes al respecto, así lo reconocen explícitamente. Tanto es así, que fue prohibida su comercialización e implantación en los mismos Estados Unidos debido a esos efectos "secundarios" y por los casos de esterilidad provocados por su uso, llegando en algunos casos, incluso hasta la muerte de la usuaria. El mismo Laboratorio que fabrica y distribuye el Para Gard, DIU de última generación, modelo T 380 A en Estados Unidos, distribuye en forma obligatoria, un formulario con una extensión de 11 páginas, de carácter de declaración jurada, la que debe ser rubricada por la interesada en su colocación, en 12 oportunidades. En la misma se informa sobre todas las contraindicaciones y efectos secundarios que les puede ocasionar el DIU. Recordemos que el nombre T de cobre le es dado por una membrana galvanizada de cobre que recubre al cuerpo plástico en forma de "T" que tiene el dispositivo. Por sus características anatómicas, se advierte que el DIU no es un dispositivo de barrera, es decir, no impide la libre circulación de los espermatozoides hasta encontrarse con el óvulo. Su función, en realidad, es, como agente exógeno al organismo femenino, producir irritación e inflamación en las paredes internas del útero (endometrio), con lo cual, lo hace pasible y propenso a contraer una serie de infecciones muy delicadas y que imposibilitan que el óvulo fecundado por el espermatozoide (huevo) puede anidar o implantarse en esa pared. Esto lleva a que se desprenda y provoque un sangrado intermenstrual en el cual es expulsado. Es decir, un aborto. La declaración jurada antes mencionada, elaborada por el mismo Laboratorio, explica lo dicho de la siguiente forma: "Cómo actúa el Para Gard: Todavía no se comprende exactamente la manera en que el Para Gard impide el embarazo. Se han sugerido varias teorías, entre ellas, la interferencia con el transporte, la fecundación y la implantación de espermatozoides. Los estudios clínicos con el DIU portadores de cobre indican que la fecundación se altera, ya sea porque varía el número de espermatozoides o por la falta de viabilidad de éstos. Los DIU no inhiben la ovulación (producción y liberación de un óvulo de los ovarios). El Para Gard no siempre evita la producción de embarazos ectópicos (el embarazo fuera del útero, llamado a veces embarazo tubárico). El embarazo ectópico puede requerir cirugía y dejarla incapacitada para tener hijos; en algunos casos puede causar la muerte". "Todavía no se comprende...", "Se han sugerido varias teorías...". En buen cristiano, vemos que el mismo fabricante reconoce no saber cómo es anticonceptivo. En realidad, porque no lo es. Y habla de evitar la "implantación de espermatozoides". ¡Como si el espermatozoide pudiera implantarse por sí solo en el útero! Más adelante, la misma declaración jurada sentencia: "Factores especiales de riesgo: ...Los datos indican que hay más posibilidades frente a otras mujeres, de que las usuarias del Para Gard contraigan una grave infección denominada enfermedad inflamatoria pélvica (EIP), especialmente si mantienen relaciones sexuales con múltiples compañeros. La EIP es el término médico conque se designa la infección del área pélvica superior. En esta área se encuentra el útero (matriz), las trompas de Falopio, lo ovarios y los tejidos circundantes (La vaginitis, o infección local de la vagina, no es EIP, pero puede llevar a ella). Los estudios realizados indican que el mayor número de casos de EIP se producen poco después de la inserción del DIU y hasta 4 meses después. La EIP puede causar obstrucción permanente de las trompas, esterilidad, embarazo ectópico o, en raras ocasiones, la muerte. Si Ud. tiene ahora o ha tenido alguna vez EIP, no debe usar el Para Gard. La EIP es una infección causada por la gonorrea, clamidias u otros organismos microscópicos. La EIP es a menudo una enfermedad de transmisión sexual (ETS o EV)..."
Vemos pues, que el DIU no solo no es anticonceptivo, sino que es abortivo, favorece las enfermedades de inflamación pélvica, la obstrucción de las trompas de Falopio, la esterilidad definitiva, los sangrados constantes (y por consecuencias, anemias, debilitamiento, etc.) y, en algunos casos, hasta la muerte de la usuaria.
Muchas cosas se clarifican cuando nos enteramos que el dueño de la patente del para Gard es el propio Consejo de Población, organismo vinculado a la Fundación Rockefeller y consultor de la ONU, junto a Gyno Pharma, una pequeña corporación farmacéutica establecida como frente a petición del propio Consejo de Población.
El laboratorio Schering Argentina S.A.I.C. comercializa en nuestro medio el DIU de tercera generación "NOVAT", para cuya propaganda agrega un rótulo que reza: "Método avalado por el Population Council" (Consejo de Población). A tal fin, ha publicado una serie de cuadernos en donde brinda información sobre contraceptivos. En el cuaderno Nro. 1, titulado "Contracepción" (escrito por Gerd K. Doring; sin fecha de publicación), al referirse a la acción del diu, dice: "Los anillos intrauterinos y las espirales impiden la implantación del huevo fecundado en el endometrio" (pág. 13). Y en el cuaderno Nro. 4, titulado "Ginecología y obstetricia" (escrito por Adolf Eduard Schindler y Eva-María Schindler; Bs. As. Argentina, 1.989), se dedica todo un apartado a la contracepción postcoital (págs. 17 a 19), eufemismo para referirse a métodos y prácticas abortivas. En esas páginas, se menciona el DIU, y entre otras cosas afirma: " Se puede lograr una contracepción postcoital relativamente segura hasta 4-6 días después del coito sin protección, mediante la colocación de un DIU..." Desde luego, después de 6 días, si las condiciones orgánicas de la mujer eran favorables, la fecundación ya se produjo, ya hay nueva vida, ya hay persona. Pero todavía no ocurre la anidación del huevo en el endometrio, por lo que la colocación del DIU es viable para impedirla definitivamente. Estamos lisa y llanamente frente a una práctica abortiva. Por si persisten las dudas, el cuaderno sigue, y al mencionar las indicaciones para la colocación del DIU, entre otras, enumera: ". Planificación familiar cumplida, pero no se desea la esterilización; . Directamente en la interrupción del embarazo; . Como contraceptivo postcoital" (pág. 21-22). Y al mencionar las complicaciones posibles con el uso del DIU, afirma: "... Inflamación del cuello y de los genitales internos... . Perforación; . Aumento del índice de embarazos extrauterinos; . Gestaciones intrauterinas" (pág. 22).
Para terminar, nos permitimos remitirnos a un artículo de actualización científica publicado en la "Revista de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Cuyo, República Argentina. 1.989 VOL. XI Nro. 1" En este artículo, titulado "Dispositivo intrauterino y embarazo", encontramos afirmaciones y sentencias como las siguientes:
"Si una portadora de DIU se embaraza, esta situación puede resultar complicada, más allá de posición que pueda adoptar la pareja sobre el futuro de dicha gestación. Es muy probable que el embarazo termine en un aborto espontáneo del primer o segundo trimestre... ...Si no se extrae el DIU, aproximadamente 50 % de los embarazos ortotópicos abortan espontáneamente... O sea que esta situación representa de 3 a 5 veces más que la tasa de abortos espontáneos en usuarias de otros métodos. Algunos estudios evidencian que más de la mitad de dichos abortos ocurren el 2do. trimestre. En 1.984 en los Estados Unidos se publicó un trabajo respecto a 539 mujeres con DIU, que tenían 26 veces más probabilidades de tener un aborto espontáneo séptico en el 2do. trimestre respecto a las mujeres embarazadas sin DIU. Evidentemente que las complicaciones infecciosas en el 2do. trimestre son más graves que las de aborto espontáneo temprano" (pág. 35). Y continúa: "Otro de los problemas que pueden plantearse es el de las anomalías congénitas que suelen presentarse en los embarazos de las portadoras de DIU... Mishell estudió los tejidos expulsados de mujeres que abortaron espontáneamente y eran portadoras de DIU. En su estadística, 21 de 110 presentaron anomalías embrionarias" (pág. 36). Después agrega: "Si recordamos la acción del DIU, se puede decir que éste disminuye la nidación uterina en 99,5 % y en trompa en 95 %. Por lo tanto, si ocurre un embarazo con DIU, hay mayor posibilidad que sea ectópico" (pág. 36). Y remata afirmando: "Hace pocos años ha llamado la atención el incremento de E.I.P (enfermedades de inflamación pélvica) debido a las enfermedades sexuales transmisibles y se ha sugerido que se produce con mayor frecuencia en casi 50 % de las portadoras de DIU. La prueba epidemiológica de esta hipótesis viene de los estudios que muestran un aumento de las tasas con una mayor duración de uso el DIU" (pág. 37). Termina el artículo: "Por último, dos palabras sobe la recuperación de la fertilidad de aquellas que abandonan el uso del DIU. La recuperación no depende del tipo de DIU ni del tiempo de uso, sino de la gravedad del daño que éstos ocasionan" (pág. 37). Firma el artículo el mismo Dr. Héctor Osvaldo Lotfi, por entonces, Profesor titular de Clínica Ginecológica de la Facultad de Cs. Médicas de la U.N.C.- Mendoza - Argentina..
. QUINTO. EL COMIENZO DE LA VIDA. APORTES DE LA CIENCIA: "En años recientes las agencias de policías y de investigaciones, en EEUU y en otros países por todo el mundo, han comenzado a depender mucho del uso del DNA (Acido Disoxiribo Nucleico) que se encuentra en cada célula humana, como la manera infalible de identificar a cada ser humano que haya vivido, que vive ahora o que vivirá en el futuro. La ciencia asegura actualmente a la Ley que el DNA de cada ser humano es absolutamente único e individual para siempre. El 29 de abril de 1.991 la Cadena de TV CNN, dio a conocer que el Ejército de los a EEUU ha reconocido la infalibilidad del DNA como medio de identificar a los humanos, y está en proceso de cambiar las tradicionales medallas de identificación por un sistema identificador de DNA, que incluiría muestras de sangre.
Las células retenidas en estas muestras serían suficientes, para poder hacer una identificación positiva del ser humano al cual pertenecía esa sangre. Por añadidura, un experto militar indicó durante el programa de televisión de CNN ya mencionado, que EEUU utilizó este sistema de identificación del DNA por lo menos parcialmente, en la guerra "Tormenta del Desierto" (Guerra del Golfo), y así se pudieron identificar piernas y otras partes del cuerpo, cosa que no hubiera sido posible lograr con los métodos antiguos. Aún más importante, la maravilla científica del DNA establece positivamente el hecho, de que por mandato de la naturaleza, la primera célula humana viviente, que se forma cuando el espermatozoide del hombre penetra el óvulo de la mujer, contiene un DNA que es exclusivo del nuevo ser humano al cual pertenece. Es indiscutible y demostrable que este DNA es diferente al DNA de los padres. Por lo tanto, desde el comienzo de esta primera célula, existe un nuevo y totalmente diferente ser humano. El estudio científico del DNA ha establecido que esta primera célula humana y todas las que después se forman, sin duda alguna no son parte del cuerpo de otra persona..." (extraído del Boletín Hispano de Human Life International "Escoge la Vida" Nª 39, 1.992).
Recordemos que cada especie viviente se distingue por el número de cromosomas. En la especie humana, ese número corresponde a 46, los que se agrupan o aparean en pares. Cada célula somática de nuestro cuerpo, tendrá entonces 23 pares de cromosomas, salvo las células germinales (espermatozoide en el varón, óvulo en la mujer), que contarán con la mitad, es decir, 23 cromosomas.
En el instante de la concepción, es decir, cuando el espermatozoide penetra el óvulo, la nueva célula, huevo o cigoto que surge, cuenta con 46 cromosomas. Es decir, que esta nueva vida es distinta a la madre (que aportó sólo la mitad de ellos), y distinta al padre (que aportó otro tanto).
Por otra parte, es absurdo negar que exista vida desde el momento de la concepción. Si el huevo (unión del óvulo y del espermatozoide) cumple con todas las funciones vitales (comienza a nutrirse, crecer y reproducirse), es porque tiene vida. Asistimos, pues, al inicio de una nueva vida, autónoma, distinta de sus progenitores, individual e irrepetible. Hablamos de una nueva vida humana.
Agradecemos este aporte UNIÓN DE ENTIDADES POR UNA VIDA MÁS HUMANA MENDOZA - ARGENTINA

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